PAPELEOS TRAS EL NACIMIENTO DE VUESTRO HIJO: 5 PUNTOS CLAVE PARA SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

PAPELEOS TRAS EL NACIMIENTO DE VUESTRO HIJO: 5 PUNTOS CLAVE PARA SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

Hoy vamos a hablaros de uno de los trámites obligatorios cuando os convertís en padres: la inscripción de vuestros pequeños en el Registro Civil. Es un trámite realizado por el encargado del Registro Civil en el que inscribe el nacimiento del pequeño y la fecha, hora, lugar y sexo de tu hijo. Este proceso es imprescindible para el pleno reconocimiento del pequeño a efectos civiles.

Contenido de la inscripción de nacimiento

En la inscripción de nacimiento debes hacer constar:

  • Nombre del bebé
  • Hora, fecha y lugar de nacimiento. En el caso de que hayas tenido gemelos, trillizos, mellizos o cualquier otro tipo de parto múltiple y no sepas la hora exacta de nacimiento de cada uno de ellos, deberás indicar la prioridad entre los niños o que no ha podido determinarse.
  • El sexo del bebé
  • Los padres, cuando legalmente conste la filiación
  • El número que se asigne en el legajo al parte o comprobación
  • La hora de inscripción

 

Plazo de inscripción

Puedes inscribir a tu hijo desde las 24 horas de su nacimiento hasta los 8 días de vida. En caso de fuerza mayor puedes hacerlo hasta que el bebé cumpla su primer mes, pero tendrás que justificar el retraso.

 

Documentación a aportar

A la hora de inscribir a tu hijo deberás presentar:

  • Documentación que te hayan entregado en el hospital debidamente cumplimentado (solicitud de inscripción, formulación del Instituto Nacional de Estadística y Parte médico de alumbramiento)
  • D.N.I. de los padres y Libro de Familia

 

Quién puede presentarlo

  • Si estáis casados, cualquiera de los dos.
  • Si no estáis casados, tenéis que personaros los dos.
  • Si alguno de vosotros está divorciado, deberéis aportar la sentencia firme de separación o divorcio.

 

¿Dónde puedes inscribir el nacimiento?

Deberás realizar la tramitación en el Registro Civil del lugar en el que haya nacido tu hijo. También podéis hacerlo en el municipio en el que esteis empadronados, pero en este caso deberéis aportar documentación adicional.

 

Puedes encontrar información adicional en http://www.mjusticia.es

Posted on 28/11/2013 Home 0 1362

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Hoy vamos a hablaros de uno de los trámites obligatorios cuando os convertís en padres: la inscripción de vuestros pequeños en el Registro Civil. Es un trámite realizado por el encargado del Registro Civil en el que inscribe el nacimiento del pequeño y la fecha, hora, lugar y sexo de tu hijo. Este proceso es imprescindible para el pleno reconocimiento del pequeño a efectos civiles.

Contenido de la inscripción de nacimiento

En la inscripción de nacimiento debes hacer constar:

  • Nombre del bebé
  • Hora, fecha y lugar de nacimiento. En el caso de que hayas tenido gemelos, trillizos, mellizos o cualquier otro tipo de parto múltiple y no sepas la hora exacta de nacimiento de cada uno de ellos, deberás indicar la prioridad entre los niños o que no ha podido determinarse.
  • El sexo del bebé
  • Los padres, cuando legalmente conste la filiación
  • El número que se asigne en el legajo al parte o comprobación
  • La hora de inscripción

 

Plazo de inscripción

Puedes inscribir a tu hijo desde las 24 horas de su nacimiento hasta los 8 días de vida. En caso de fuerza mayor puedes hacerlo hasta que el bebé cumpla su primer mes, pero tendrás que justificar el retraso.

 

Documentación a aportar

A la hora de inscribir a tu hijo deberás presentar:

  • Documentación que te hayan entregado en el hospital debidamente cumplimentado (solicitud de inscripción, formulación del Instituto Nacional de Estadística y Parte médico de alumbramiento)
  • D.N.I. de los padres y Libro de Familia

 

Quién puede presentarlo

  • Si estáis casados, cualquiera de los dos.
  • Si no estáis casados, tenéis que personaros los dos.
  • Si alguno de vosotros está divorciado, deberéis aportar la sentencia firme de separación o divorcio.

 

¿Dónde puedes inscribir el nacimiento?

Deberás realizar la tramitación en el Registro Civil del lugar en el que haya nacido tu hijo. También podéis hacerlo en el municipio en el que esteis empadronados, pero en este caso deberéis aportar documentación adicional.

 

Puedes encontrar información adicional en http://www.mjusticia.es

Posted on 28/11/2013 Home 0 1362

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